Dicha propuesta apenas introduce cambios sobre la que se presentó en el pasado mes de julio, salvo en lo que se refiere al asunto controvertido del contenido en anhídrido sulfuroso.
Mientras que en la versión de julio pasado los diferentes límites de nivel de sulfitos se establecían en función de las zonas vitícolas de producción, en el borrador actual dichos límites se basan en el contenido de azúcares, al margen de su procedencia.
Así, para vinos con azúcar inferior a 2 gramos/litro, los vinos ecológicos (tintos, blancos o rosados) tendrán que reducirse 50 mg/litro en relación a lo contenido por sus equivalentes convencionales, mientras que para el resto de vinos la reducción deberá ser de 30 mg/litro.
En el marco de la actual reglamentación (OCM) del vino, la diferenciación de contenido en anhídrido sulfuroso para los vinos con más azúcar se establece a partir de 5 g/litro y no de 2g/litro, lo que hacer la propuesta sobre vino ecológico aún más restrictiva en este aspecto.
En relación al resto de limitaciones al empleo de ciertas técnicas y tratamientos en las prácticas enológicos, el nuevo borrador de propuesta reglamentaria no cambia sobre lo ya conocido con anterioridad, estableciendo importantes restricciones a la hora de elaborar respecto a los vinos convencionales.
La nueva reglamentación tiene que estar aprobada en julio de este año, fecha en la que expira el mandato dado a la Comisión Europea, con el fin de que su entrada en vigor coincida con el inicio de la campaña 2012/13.
En relación al etiquetado, hay que destacar que el vino producido a partir del 1 de agosto de 2012 conforme a las nuevas reglas será “vino ecológico” y podrá utilizar el logo comunitario (hoja) de producción ecológica.
En consecuencia también, desaparecerá la mención “vino producido a partir de uvas de producción ecológica”, salvo para las existencias previas de vino producido hasta el 31 de julio de 2012, que se podrán agotar y podrán emplear el logotipo comunitario y denominarse vino ecológico, siempre y cuando cumplan con la nueva reglamentación y así lo demuestren con los registros correspondientes, que deberán mantenerse por un periodo de cinco años, tras la comercialización.
En caso de que los vinos producidos hasta el 31 de julio de 2012 no cumplan con la nueva normativa, pero sí con la anterior, la denominación de venta tendrá que ser la que está ahora en vigor, como “vino producido a partir de uvas de producción ecológica” no pudiendo llevar en el etiquetado el logotipo comunitario (hoja) de producción ecológica.
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